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Se trata de el órgano judicial de más relevancia de la ONU . Fue creada por la Carta de las Naciones Unidas en 1945, siendo la sucesora del órgano judidcial de la Sociedad de las Naciones; la Corte Permanente de Justicia Internacional. Ella recibe disputas de la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, y emite dictámenes para solventarlo. Su estatuto está integrado a la Carta de las Naciones Unidas, ubicada en el capítulo XXV. Según el mismo, el 17 de abril de 2005, la Corte declaró sus propias reglas de funcionamiento.

Composición[]

La Asamblea General y el Consejo de Seguridad elige quince jueces por un período de tres años, los cuales fueron previamente nominados por la Corte Permanente de Arbitraje. Las elecciones son escalonadas por anteriores cinco jueces electos, a los cuales no se les haya agotado su período, para garantizar que el Órgano continúe funcionando. Todo esto se explica en en los artículos del IV al IX del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

En caso de que un juez o jueza muera aún en el cargo, deberá elegirse otro. Sin embargo, según el artículo IX del Estatuto de la Corte, este no podrá ser de la misma nacionalidad que el previamente fallecido.

Estos se distribuyen de la siguiente manera:[]

  • 5 escaños para los países occidentales
  • 3 escaños para los Estados africanos(entre ellos un juez de derecho civil francofónico, uno de derecho común anglofónico y otro árabe)
  • 2 escaños para Europa del Este
  • 2 escaños para América Latina y el Caribe
  • Los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, poseen un juez permanente.
    CIJ
     Sin embargo, ocuparán uno de los cupos de su región.

Según el artículo VI de su Estatuto, cada magistrado o magistrada se elige por su conocimiento moral y no por su nacionalidad, ya que son promovidos al cargo judicial más alto en el mundo, conocido como el derecho internacional. Esto se explica detalladamente en los artículos XVI, XVII y XVIII de su Estatuto. Los juezes y juezas no pueden ocupar ningún otro cargo, inclusive de de asesor o asesora.

Ellos meramente pueden ser destituidos por el voto unánime de la Corte, para así asegurar una democracia absoluta. Sin embargo, se ha cuestionado numerosas veces la independencia del Jurado de la Corte, como en el caso de Nicaragua: los Estados Unidos emitieron un comunicado explicando que no podía presentar material sensible, debido a la presencia de magistrados del bloque Oriental.

El Jurado podrá dictar Resoluciones conjuntas o emitir sus opiniones de manera independiente. Todo se vota a través de mayoría simple, y en caso de empate, el voto decisivo pertenece al Presidente o Presidenta de la Corte Internacional de Justicia. Sin embargo, lus juezes y juezas también pueden emitir dictámenes por separado.

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